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Policía Local

Breve Historia

Este Cuerpo Policial fue creado en el año 1993, desde entoces viene desarrollando sus funciones y tareas propias, tales como Policía de Tráfico, de protección de personas y edificios, de auxilio, Policia Administrativa, etc... y específicas comunes con el resto de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad como puede ser Policía Judicial, Policía de Prevención, mantenimiento del orden entre otras.

Medios

Composición actual del Cuerpo:

  • Un Oficial que asume la Jefatura.
  • Cuatro Policías.

Los Medios disponibles para el desarrollo de las tareas son los siguientes: Dependencias policiales (Jefatura), que cuenta con oficinas aptas para la atención y denuncias por parte de los ciudadanos, archivos, etc.

Vehículos pertenecientes a la Policía Local:

  • Un Turismo
  • Dos Motocicletas
  • Una Grúa

Todos ellos debidamente habilitados para la función policial.


TELÉFONO DE ASISTENCIA 24 HORAS:
651 825 264


Relación de teléfonos de contacto:

  • Jefatura Policía Local: 952 16 62 48
  • Policías: 605 68 92 64

Información Adicional:

¿Qué hacer en caso de accidente de tráfico?

En el lugar del siniestro:

 Una vez que se ha tenido un accidente de tráfico, lo principal es asegurarse de que no halla víctimas, y en el caso de que las hubiera asistirlas y llamar a los servicios de emergencias al número de teléfono 061 ó 112. En el caso de que no hubiera víctimas, o éstas fueran leves, se deberá restablecer la circulación apartando de los carriles de circulación los vehículos siniestrados, siendo conveniente marcar la posición final con una tiza -se hace dibujando una L en las cuatro esquinas de los neumáticos-.

Se puede rellenar un parte amistoso cuando solamente hay daños materiales mínimos y existe un acuerdo sobre la forma en cómo ocurre el accidente, pero cuando no existe este acuerdo, los daños materiales son de consideración o hay daños personales, es necesario llamar a la Policía Local para que instruyan las diligencias necesarias.

En caso de haber llamado al teléfono 112, éste servicio de emergencias se encarga de movilizar los medios sanitarios y los policiales. Si se tratase solamente de daños materiales de escasa cuantia y que no se vean implicados vehículos estacionados o daños al patrimonio, es recomendable siempre llegar a un acuerdo, pues de no ser así y reclamar la presencia de la Policia Local o Guardia Civil, además de cumplimentar un parte de accidente, se procederá a sancionar a la parte que haya infligido alguna norma de circulación y en consecuencia sea la causante del accidente.

Deberá tomar nota de todos los vehículos implicados, así como de los datos de sus conductores y compañías de seguros para poder con posterioridad dar parte a su propia compañía de seguros. Es importante que el parte amistoso sea firmado por ambas partes, dándole así validez probatoria al mismo.

En el caso de un atropello, Ud. deberá dirigirse personalmente o a través de un Abogado a la compañía de seguros del causante del daño para recabar información.

En caso de siniestros se debe recolectar los siguientes datos:

Primero: Antes que nada verificar que los que viajan con usted estén en perfecto estado de salud. Después de tranquilizarse y que le pase el susto.

Segundo: Solicite al conductor del otro vehículo los datos personales (Nombre, Domicilio y Teléfono), nombre del tomador del seguro, es decir títular de la póliza, el Número de su póliza y los datos del coche.

Tercero: Anote con el mayor detalle posible los daños materiales y personales del accidente, las condiciones y las circunstancias en que se produjo el accidente y el lugar del siniestro. Tome nota sobre un papel de todo lo que recuerde del accidente.

Cuatro: Si el seguro cubre los daños a las cosas, incluya una descripción detallada de los bienes siniestrados y la cuantía de los daños.

Cinco: Si el seguro cubre los daños corporales, realizar una descripción de las lesiones producidas y si es posible con parte médico, anote donde se realizó la prestación médica, nombre del médico de turno, que atendió al herido, gravedad de la víctima, es decir si las lesiones le impiden realizar sus actividades cotidianas.

Seis: En caso de haber testigos, anotar sus nombres, dirección y telefono. En caso de intervención judicial, descripción de la autoridad que ha intervenido y la fecha de la declaración del siniestro.

Siete: Si fuera posible y no hubiere ningún herido, trate de ponerse de acuerdo con el otro conductor y firmen el Acuerdo Amistoso de Accidente. En ese caso, se debe realizar un croquis del accidente, para después poder realizar la reconstrucción de los hechos. Con el acuerdo amistoso se acortan los tiempos de resolución y por ende los dl cobro.

Ocho: Y por supuesto comunicar lo antes posible el siniestro a la aseguradora. Tendrá 7 días hábiles desde le momento del accidente, salvo que su póliza indique más tiempo. Si notifica pasado dicho período la aseguradora podrá negarse al pago de la indemnización por daños. La compañía de seguros mandará un perito para evaluar los daños del coche.

Nueve: Si no está de acuerdo con el peritaje ¿Qué hacer? Cuando no se esta de acuerdo con el peritaje realizado por el perito del seguro, usted puede contratar su perito a su cargo y que realice otro peritaje independiente. Si se llega a un acuerdo se pagará la indemnización, sino el seguro nombrará a otro perito y su decisión será resolutiva.